Términos y Condiciones de Control de Acceso

Términos y Condiciones de Control de Acceso

Términos y Condiciones y Anexo modulo de DE SOFTWARE CONTROL DE ACCESO

[ADMINISTRACIÓN DE CONDOMINIO], en adelante "CLIENTE". Comunidad Feliz SPA, en adelante, en lo sucesivo “ComunidadFeliz” con domicilio en Eliodoro Yañez 2990 DEPTO. #4 Providencia, Chile, correo electrónico contacto@comunidadfeliz.com es el responsable del servicio que a continuación se describe y del tratamiento de sus datos personales recabados a través del Sito Web u otro medio del software de ComunidadFeliz. 

PRIMERO: Requerimientos básicos para la contratación del módulo de Control de Acceso

Con el fin de asegurar una correcta instalación del hardware necesario para la utilización del módulo de control de acceso, EL CLIENTE debe contar con los siguientes requerimientos:

Internet: Asegúrese de que su comunidad cuente con una conexión a internet disponible para la implementación del sistema de control de acceso. De lo contrario, la instalación no podrá llevarse a cabo, ya que no es posible conectar los equipos al sistema de COMUNIDADFELIZ. Con el fin de reducir la intermitencia en la señal de internet proporcionada a los equipos, se utilizará una conexión por Ethernet (conexión por cable).

Puertas o Portones electrificados: Para automatizar el flujo de tránsito de su comunidad mediante el control de acceso, es necesario que dichos accesos se encuentren electrificados. En el caso de las puertas, éstas deben contar con retenedor electromagnético o chapa eléctrica. En el caso de los portones, éstos deben disponer de un motor eléctrico.

Configuración del motor eléctrico: Cualquiera de las soluciones ofertadas por COMUNIDADFELIZ para accesos vehiculares requiere que el motor del portón se encuentre configurado en modo automático o modo condominio. Esta configuración permite que la automatización opere con efectividad. No contar con dicha configuración puede alterar el funcionamiento del sistema de control de acceso. Se recomienda consultar con su técnico de mantención para realizar la configuración previa a la instalación de los equipos de control de acceso. 

En caso de que la comunidad no cuente con accesos electrificados en los puntos que quiera controlar, podrá cotizar la electrificación con COMUNIDADFELIZ entendiéndose como un servicio adicional al sistema de control de acceso. Este servicio se encuentra disponible en algunas regiones de Chile, por lo que debe ser consultado con su Director Comercial.

SEGUNDO. Servicios ofertados por LA EMPRESA y personalización de servicios  Contratados por EL CLIENTE

La EMPRESA cuenta con los siguientes servicios para ofertar a EL CLIENTE:

2.1 Módulo de Software para Control de Acceso

La EMPRESA pondrá a disposición de EL CLIENTE la oferta disponible para la implementación y configuración del módulo de software para Control de Acceso, destinado a la gestión de entradas y salidas de residentes y visitantes en las dependencias de EL CLIENTE.

EL CLIENTE podrá combinar las distintas funcionalidades disponibles para diseñar una solución personalizada, adaptada a las necesidades de su comunidad, aplicable tanto a accesos peatonales como vehiculares, con excepción del Sistema de Antenas Tag, que únicamente podrá utilizarse en accesos vehiculares.

Las funcionalidades disponibles incluyen:

a) Código QR: Generación y administración de credenciales digitales, tanto permanentes para residentes como temporales para visitas (ambos dinámicos).

b) Reconocimiento Facial: Tecnología de acceso exclusivo e intransferible para cada residente.

c) Dispositivos de Identificación (accesorios): Tarjetas o llaveros identificados mediante un número de serie único, aplicables sólo a accesos peatonales.

d) Código QR de la Cédula de Identidad Chilena: Habilitación de la Cédula de Identidad Chilena como llave de acceso mediante lectura de su código QR personal. Esta función sólo se aplica en lectores QR exclusivos y no puede combinarse con lectores de reconocimiento facial.

e) Apertura Remota: Botonera digital integrada en la aplicación de la EMPRESA, que permite registrar individualmente cada ingreso y salida.

f) Sistema de Antenas Tag: Apertura vehicular automatizada mediante identificación de un Sticker Tag instalado en el vehículo. Cada sticker tiene un número único asociado al usuario. Este sistema solo se puede utilizar en accesos vehiculares.

La EMPRESA proporcionará asimismo el registro y seguimiento de los accesos hacia y desde las dependencias de EL CLIENTE, mediante la emisión de reportes periódicos.

2.2 Personalización de los servicios contratados: A partir de la oferta presentada, EL CLIENTE seleccionará los servicios que se ajusten a sus necesidades. Dichos servicios serán detallados y personalizados en el CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, según las condiciones específicas acordadas entre las partes.

TERCERO. Obligaciones de las Partes

3.1 Continuidad del Servicio: La EMPRESA velará por la continuidad operacional del servicio sujeto al pago oportuno del mismo.

3.2 Mantenimientos: Todas las actividades de mantención y reparación del software serán notificadas al CLIENTE con al menos cinco días hábiles de antelación. En caso de requerir deshabilitar la plataforma por uno o más días hábiles, se hará con el objetivo de mantener y/o mejorar el rendimiento de la plataforma.

3.3 Conexión a Internet y Electricidad: Dado que el módulo Control de Acceso requiere conexión a internet y electricidad, es responsabilidad del CLIENTE garantizar su suministro para el correcto funcionamiento del sistema.

3.4 Plazos de instalación: Una vez que EL CLIENTE cuente con las condiciones óptimas para la instalación, indicadas en la cláusula PRIMERA, haya realizado el pago de los servicios contratados y firmado el contrato junto a su anexo, el plazo de instalación será de 5 a 10 días hábiles para la Región Metropolitana.
En caso de que EL CLIENTE no cumpla con los requerimientos, el plazo establecido comenzará a contarse a partir del aviso por parte de EL CLIENTE para coordinar la fecha de instalación.
Asimismo, en caso de condiciones climáticas adversas, los plazos o coordinaciones establecidas podrían modificarse y serán comunicados oportunamente a EL CLIENTE, con el fin de reprogramar la fecha de instalación.
Estos plazos podrán tener una variación de hasta 5 días adicionales, dependiendo de la localización geográfica del CLIENTE.

3.5 Cobros adicionales a la cotización: Debe ser del conocimiento del CLIENTE que, habiendo existido o no una visita técnica evaluativa previa a la cotización, existen factores que pueden aparecer únicamente al momento de llevar a cabo la instalación, los cuales podrían generar costos adicionales. Sobre dichos costos es importante mencionar que:

  • Antes de continuar con el proyecto, se dará aviso y se solicitará aprobación del CLIENTE por escrito para proceder con la instalación.
  • En caso de que durante la instalación se detecte alguna imposibilidad de continuar con la implementación, se buscarán todas las alternativas posibles y se comunicarán al CLIENTE. Este deberá decidir si acepta o no, considerando la solución propuesta y su cotización.
  • Si no se encuentran posibilidades viables de continuar con el proyecto, se anulará la compra por imposibilidad, dado que no es posible determinar este tipo de factores hasta el momento de la instalación. Esto no constituye arrepentimiento del CLIENTE, ni incumplimiento o falta por parte de la EMPRESA, como consecuencia se reintegrará la suma íntegra pagada por EL CLIENTE, sin penalización alguna.

3.6 Prestación de Soporte Técnico: La EMPRESA prestará Soporte Técnico en dos niveles:

  1. Primera Capa de Soporte: La EMPRESA atenderá casos relacionados con el uso y configuración del sistema a través de sus líneas habituales de soporte definidas en el contrato marco de servicios.

Los casos elegibles para Soporte incluirán consultas o problemas que puedan ser resueltos de forma remota.

  1. Segunda Capa de Soporte: Para casos relacionados con desperfectos en el hardware del módulo Control de Acceso, la EMPRESA coordinará una visita técnica en las dependencias del CLIENTE con algún proveedor externo. El pago de la visita técnica, reparaciones posteriores y/o cambios de hardware serán asumidos íntegramente por el CLIENTE, a menos que la garantía aplique. 

3.7 Garantías del servicio: El o los equipos instalados por COMUNIDADFELIZ cuentan con una garantía de 12 meses desde la fecha de su instalación, la cual cubre defectos de fábrica o fallos en su funcionamiento relacionados con el equipo. Para mantener la garantía vigente, los equipos deberán ser manipulados única y exclusivamente por personal autorizado por COMUNIDADFELIZ.

Queda excluido, dentro de esta garantía, cualquier desperfecto que pueda tener el o los equipos, que haya sido ocasionado por EL CLIENTE o terceros que hayan tenido acceso a él, así como desastres naturales o eventos delictuales. Además de los equipos que se integren a nuestro servicio de control de acceso, que no sean proporcionados o instalados por COMUNIDADFELIZ.

3.8 Caso Fortuito o Fuerza Mayor: Ante eventuales incidencias derivadas de factores externos a los servicios prestados por la EMPRESA, como son a modo ejemplar y no taxativo: Todo acto imprevisible e irresistible, con un grado razonable de diligencia, que paralice, imposibilite o interrumpa total o parcialmente el cumplimiento de obligaciones, tales como: desastres naturales, cortes de luz que afecte a las dependencias del CLIENTE, fallas en la conexión a internet, incendios, incumplimientos de proveedores o subcontratistas, desórdenes, protestas callejeras, vandalismo, terrorismo, intervenciones no autorizadas en la línea o equipos, la EMPRESA no tiene obligación de contar ni implementar planes de contingencia para dar continuidad al servicio. Se entiende que estas circunstancias escapan al control razonable de ambas partes, eximiendo a la EMPRESA de toda responsabilidad relacionada con la interrupción del servicio en tales situaciones.

3.9 Eventos delictuales: El presente Contrato, salvo en lo que se refiere a la entrega e instalación de dispositivos, es un Contrato de arrendamiento de servicios por lo que en ningún supuesto la EMPRESA garantiza al CLIENTE el resultado del mismo, sino la correcta prestación de los servicios objeto de contratación, por lo que, la EMPRESA, no garantiza y no será responsable de la posible comisión de actos delictivos o dañosos en las instalaciones del CLIENTE objeto de protección, siendo este un contrato de medios y no de resultado.

Ante cualquier evento delictivo que afecte al CLIENTE, se exime a la EMPRESA de cualquier responsabilidad o perjuicio que estos pudieran traer a los residentes, visitas, comunidad, y/o terceros vinculados o relacionados con los hechos. Lo anterior aplica incluso para periodos en donde el módulo Control de Acceso pueda estar fuera de servicio, cualesquiera sean sus causas.

3.10 Accesos de emergencias: Como parte de la infraestructura tecnológica del módulo Control de Acceso, el CLIENTE recibirá un sistema de apertura de emergencia para permitir el libre tránsito de personas. Será responsabilidad del CLIENTE realizar las mantenciones correspondientes a dicho sistema de emergencia y efectuar el monitoreo de acceso.

3.11 Incidente Informático: Todas las obligaciones y responsabilidades asumidas por la EMPRESA conforme al Contrato podrán ser suspendidas por la EMPRESA, en caso de vulneración de la seguridad de los equipos, sistemas informáticos o redes de comunicación de la EMPRESA, así como de interrupciones o suspensiones del servicio de conexión a las redes de telecomunicaciones, incluyendo situaciones de fuga de información, adulteración de la información, intervención o intromisión ilegal de los sistemas, de comunicación o software por malware (entre otros virus, troyanos, gusanos) y demás rutinas de programación perjudiciales de terceros, sin que la presente enumeración sea limitativa de otras formas que puedan alterar y/o afectar equipos, sistemas informáticos y/o de comunicación de la EMPRESA o del CLIENTE (en adelante, Incidente de Seguridad Informático). La ejecución del Contrato se reanudará automáticamente una vez que el servicio se pueda prestar en las mismas condiciones anteriores al Incidente de Seguridad Informático.Las Partes declaran entender y aceptar que un Incidente de Seguridad Informático constituirá caso fortuito o fuerza mayor, para todos los efectos contractuales y legales derivados de la prestación del servicio.

CUARTA. Obligaciones del Cliente :

El CLIENTE se obliga a realizar el pago oportuno de los servicios suscritos con la EMPRESA, conforme a los términos y medios de pago que establezca esta última.

4.1  Plazos  de pago y Consecuencias de Mora
  • Plazo de Pago: El Cliente deberá realizar el pago de la factura en un plazo máximo de quince (15) días corridos contados desde su emisión.
  • Mora: En caso de no efectuarse el pago dentro del plazo estipulado, el Cliente incurrirá automáticamente en mora, sin la aplicación de intereses, por un período máximo de quince (15) días adicionales.

4.2 Consecuencias por Incumplimiento:
  • Si el Cliente no  ha realizado el pago, dentro del plazo máximo de treinta (30) días desde la emisión de la factura, la plataforma será desactivada hasta regularizar la deuda.
Reactivación del Servicio: La reactivación de la plataforma estará sujeta a la cancelación total de la deuda pendiente
La habilitación del sistema se realizará en el plazo de un día hábil, desde que se realiza el pago.  Excepcionalmente, la habilitación podrá superar el plazo indicado, cuando se den alguna de las siguientes situaciones:
  • La transferencia es realizada desde una cuenta nueva.
  • Se realizan pagos de montos que no coincidan con la factura emitida durante el mes en curso.
  • No se señala número de factura  o nombre de la comunidad en el momento de la transferencia (debe ir en los comentarios).
  • El pago es realizado mediante depósito en efectivo.

4.3 Uso y Manipulación de los dispositivos: El CLIENTE deberá hacer un buen uso de los dispositivos, los que se entregan en buenas condiciones, evitando su manipulación por personal no autorizado.

La EMPRESA no será responsable por daños causados a los equipos por su mal uso ni por su mal funcionamiento, derivados de su mal uso o manipulación.

4.4 Activación y desactivación de usuarios y permisos de acceso: El CLIENTE deberá tomar de manera inmediata todas las medidas necesarias para desactivar el ID de acceso de cualquier residente que haya perdido su autorización de ingreso o en caso de que se comprometa la seguridad de dicho ID. Para ello, será responsabilidad exclusiva del CLIENTE eliminar al usuario del registro de residentes.

En caso de extravío o reposición de accesorios de acceso, su registro en el sistema de control de acceso deberá ser eliminado por el CLIENTE. Asimismo, será responsabilidad de los residentes informar a la administración del condominio sobre cualquier extravío o cambio de accesorios de acceso.

4.5 Uso adecuado de la información por parte del cliente: EL CLIENTE tendrá expresamente prohibido usar estos datos con propósitos distintos, como promoción publicitaria u otros,  sin obtener el consentimiento previo de los titulares.

QUINTA: Uso de la información, privacidad y propiedad intelectual

5.1 Confidencialidad de la Información: La EMPRESA se obliga a resguardar estricta confidencialidad respecto de toda información que sea almacenada, procesada o generada a través del sistema objeto del presente contrato. En consecuencia, la EMPRESA no podrá enajenar, transferir, ceder, comunicar ni, en general, divulgar dicha información a terceros, salvo en los casos en que la legislación vigente así lo disponga de manera imperativa, o cuando ello sea requerido por resolución judicial , administrativa u oficios emanados de autoridad competente.

5.2 Divulgación por Tercero: La EMPRESA no asumirá responsabilidad alguna por la revelación, difusión o utilización indebida de información efectuada por cualquier integrante de la comunidad, sea este administrador del edificio, miembros del comité de administración, copropietarios, residentes, trabajadores o visitas, quedando tal responsabilidad exclusivamente radicada en quien realice dicha divulgación.


5.3 Uso de la Información: El CLIENTE se obliga a utilizar los informes, reportes o antecedentes que le proporcione la EMPRESA, en el marco del presente contrato, única y exclusivamente para los fines que motivaron su elaboración, quedando expresamente prohibido manipular, alterar, modificar o darles un uso diverso, ya sea directa o indirectamente, distinto al previsto en este instrumento.


5.4  Tratamiento de Datos Personales: De conformidad con la Ley N° 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y las normativas que la complementen, el CLIENTE autoriza a la EMPRESA a recolectar, almacenar, registrar y tratar los datos personales de residentes, copropietarios, trabajadores y visitas (en adelante, “Datos Personales”), a los cuales tenga acceso durante la prestación de los servicios contratados. Dicha recolección y tratamiento de datos se realizará solo con previa autorización de los residentes, la cual se obtiene una vez que ellos descargan la aplicación de ComunidadFeliz y se registran en ella para dar uso al control de acceso.

El tratamiento de Datos Personales por parte de la EMPRESA tendrá como únicos y exclusivos fines:

a) La administración, operación y correcta ejecución de los servicios contratados;

b) La realización de procesos administrativos internos, tales como estadísticas generales, reportes de uso y funciones análogas, siempre en forma disociada o anonimizada, en la medida de lo posible.

La EMPRESA podrá encargar el tratamiento de Datos Personales a terceros únicamente cuando ello sea estrictamente necesario para la prestación del servicio, debiendo dichos terceros sujetarse a las mismas obligaciones de confidencialidad y protección de datos establecidas en el presente contrato.

En ningún caso la EMPRESA podrá utilizar los Datos Personales para finalidades distintas de las aquí autorizadas, ni comunicarlos o transferirlos a terceros para fines propios o comerciales. Asimismo, la EMPRESA se obliga a respetar en todo momento los derechos de los titulares de los datos personales reconocidos en la legislación vigente.


5.5  Veracidad de la Información: La integridad, exactitud, autenticidad y veracidad de los datos e información ingresada en el sistema serán de exclusiva responsabilidad del CLIENTE. En consecuencia, la EMPRESA no responderá, en forma alguna, por errores, omisiones, falsedades o alteraciones que dicha información pudiere contener, ni por los eventuales perjuicios directos o indirectos que de ello se deriven.


5.6  Propiedad Intelectual:Todos los derechos de autor y de propiedad intelectual e industrial respecto de los programas, plataformas, software, aplicaciones, sistemas computacionales, sus códigos fuente y objeto, manuales técnicos, así como toda actualización, modificación, adecuación o desarrollo que la EMPRESA ejecute con ocasión o en virtud del presente contrato, serán de dominio exclusivo y excluyente de la EMPRESA, quedando el CLIENTE únicamente facultado para su uso en los términos estrictamente necesarios para la correcta utilización de los servicios contratados, sin que por ello adquiera derecho de propiedad o licencia distinta a la aquí conferida.

SEXTO. Servicio de Subcontratación para visitas técnicas e Instalación

6.1 Gestión del Proceso de solicitud de visitas técnicas: Las visitas técnicas podrán ser solicitadas por EL CLIENTE para evaluar la implementación del servicio de Control de Acceso, ya sea por dudas sobre el estado estructural de las instalaciones del condominio, por el tamaño del proyecto, para la verificación de distancias o para la valoración exacta de la cotización, entre otros motivos que deberán ser definidos al momento de la solicitud.
La programación de la visita técnica estará sujeta a la disponibilidad de agenda al momento de la solicitud y será coordinada con EL CLIENTE. En caso de requerir una reprogramación, esta solo podrá realizarse una vez, siempre que EL CLIENTE lo notifique con al menos un día de anticipación a la fecha originalmente acordada. Lo anterior tiene como finalidad evitar interrupciones o perjuicios en la planificación operativa de la empresa externa que prestará el servicio.
Cada visita técnica tendrá un costo de 1,5 UF brutas para cualquier ubicación dentro del territorio nacional. Una vez realizada la visita, EL CLIENTE recibirá una cotización personalizada. En caso de aceptar la cotización dentro de su período de vigencia, el costo de la visita técnica será descontado del valor final del proyecto; de lo contrario, no será descontado.

6.2 Gestión del Proceso de Instalación: La EMPRESA supervisará y coordinará el proceso de instalación del módulo Control de Acceso. Dicha instalación será llevada a cabo por un tercero externo especializado, el cual no mantiene una relación de subcontratación económica directa con la EMPRESA.

6.3 Relación con el proveedor instalador: LA EMPRESA será responsable ante EL CLIENTE por la correcta ejecución de la instalación, asegurando que se cumplan los requisitos técnicos y operativos pactados. Durante el proceso, LA EMPRESA actuará como intermediario entre EL CLIENTE y el instalador externo designado, coordinando y supervisando la instalación para garantizar la calidad del servicio.

EL CLIENTE reconoce que los servicios de instalación serán prestados por terceros independientes, sin vínculo contractual ni laboral con LA EMPRESA, y que ésta únicamente coordina y supervisa la ejecución de dichos servicios. Esto permite garantizar una correcta ejecución del proyecto y una coordinación clara con los terceros involucrados.
La garantía de los equipos e instalaciones proporcionados recaerá en LA EMPRESA, según los términos establecidos. LA EMPRESA actuará como coordinador entre EL CLIENTE y el proveedor para gestionar cualquier incidente relacionado con la garantía o el funcionamiento de los equipos.

SÉPTIMO. Interrupción del Servicio

7.1 No Pago: En el evento que el CLIENTE se atrase o incumpla su obligación de pago, la EMPRESA tendrá también la facultad de suspender ipso facto el servicio en cualquier evento de atraso o incumplimiento de obligación de pago del CLIENTE, por ende la plataforma quedará desactivada en su totalidad, quedando los usuarios sin acceso a las funcionalidades del sistema.

7.2 Responsabilidad del Administrador: Dada la desactivación de la plataforma, cualquiera sus causas, es responsabilidad del ADMINISTRADOR contar con un sistema de acceso alternativo.

7.3 Limitaciones del Servicio: EL CLIENTE reconoce y acepta que el sistema de control y acceso proporcionado por COMUNIDADFELIZ es un mecanismo de control y registro de acceso a las instalaciones, diseñado para optimizar la seguridad operativa. Sin embargo, dicho sistema no reemplaza ni exonera la necesidad de otras medidas de seguridad adicionales, tales como vigilancia humana, sistemas de alarmas, o cualquier otra medida de seguridad que EL CLIENTE considere necesaria para proteger las instalaciones y sus bienes. COMUNIDADFELIZ no será responsable por incidentes o daños derivados de la falta de implementación de medidas complementarias de seguridad.


OCTAVO: Anexos al contrato

Las partes acuerdan que cualquier Anexo futuro relacionado con la permanencia del Cliente o la incorporación de nuevos productos o servicios, se podrá adjuntar al presente Contrato en la medida en que sea generado y suscrito por ambas partes.
Todos los Anexos que sean debidamente firmados tendrán pleno valor legal y se considerarán parte integrante del Contrato, para todos los efectos.
Con la firma del presente documento, las partes declaran expresamente que el Anexo de Permanencia forma parte integral de los acuerdos establecidos y deberá entenderse como incorporado al Contrato.

NOVENO:Terminación del Contrato

Cualquiera de las partes puede dar por terminado este contrato, una vez cumplido el periodo establecido en el Anexo de Permanencia acordado por las partes, mediante notificación escrita al correo electrónico facturacion@comunidadfeliz.cl , con una anticipación mínima de 5 días hábiles. 

El CLIENTE deberá seguir este procedimiento para prevenir cobros no deseados, siendo responsable de los pagos hasta la fecha de terminación especificada en la notificación.

DÉCIMO: procedimiento y medio por el cual se le comunicarán los cambios al Aviso de Privacidad

COMUNIDADFELIZ
se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento modificaciones al presente Aviso de Privacidad (en adelante el “Aviso de Privacidad Modificado”). Estas modificaciones se pondrán a su disposición a través de la página web de ComunidadFeliz.

UNDÉCIMO. Legislación aplicable.

El presente Aviso de Privacidad se regirá e interpretará de acuerdo con las leyes aplicables de la república de Chile.