Términos y Condiciones Instala un punto de acceso vehicular y te regalamos un acceso extra con Reconocimiento Facial
Detalles de la Campaña:
Descripción:
Contrata un punto de acceso vehicular (antena tag o apertura remota) y te regalamos la instalación de un punto de acceso peatonal con Reconocimiento Facial
Términos y condiciones:
1.- Definiciones:
Control de acceso: Se refiere a los sistemas o mecanismos que controlan y registran el flujo de personas y/o vehículos en una comunidad.
Punto de acceso: es una ubicación física, como una entrada peatonal o vehicular, que permite o restringe el acceso a una comunidad o edificio.
Promoción: la instalación gratuita de un punto de acceso, en este caso, peatonal con tecnología de reconocimiento facial, no incluye el valor de suscripción mensual del servicio.
2.- Alcance del beneficio de la promoción
Al optar por el beneficio de control de acceso, las comunidades que contraten la instalación de un punto de acceso vehicular, pudiendo ser tecnologías de antenas tag o bien apertura remota, accederán al beneficio de la instalación gratuita de un punto de acceso peatonal con reconocimiento facial, la promoción no incluye el costo mensual de suscripción de los servicios instalados.
3.- Condiciones de la promoción:
● La promoción aplica a comunidades que cuenten con el servicio informático de ComunidadFeliz o nuevas contrataciones.
● No incluye descuentos en la suscripción mensual del sistema de control de accesos ni en otros productos de Comunidad Feliz.
● El costo mensual del sistema de control de accesos parte desde 3UF con Reconocimiento facial (incluye hasta dos puntos), cada punto adicional tiene un costo de 0,5 UF.
● Es requisito indispensable para acceder a los beneficios de esta promoción, el pago del servicio informático de ComunidadFeliz en caso de no ser previamente cliente.
● El paso a paso de la contratación de control de acceso sigue el siguiente flujo a partir de la aceptación de la cotización:
● Condiciones para instalación:
-La instalación incluye al menos un punto de acceso vehicular (antena tag o apertura remota) y un acceso peatonal únicamente con reconocimiento facial (que puede incluir de forma simultánea otras alternativas como ingreso con QR dinámico a través de la aplicación de ComunidadFeliz y/o accesorios como llaveros o tarjetas).
-El cliente es responsable de contar con la infraestructura necesaria (punto de red por cable (ethernet), punto de corriente eléctrica, y además que el acceso se encuentre electrificado con chapas eléctricas, portones, barreras, etc.).
- Se realizará la cotización del proyecto completo solicitado por la comunidad, ésta incluirá al menos un acceso vehicular y un acceso peatonal con reconocimiento facial, en caso de que el cliente quiera adicionar más puntos éstos serán valorizados dentro de la cotización.
- Para la instalación del punto de acceso es necesaria la contratación de la suscripción del servicio de control de acceso para la activación, al momento de la instalación del equipo objeto de esta promoción.
● Mínimo de permanencia: La comunidad beneficiada deberá comprometerse a un período mínimo de permanencia de un año con el servicio de control de accesos de Comunidad Feliz, mediante la firma del contrato señalado en el apartado 5 de los presentes TyC.
En caso de incumplimiento de este compromiso, la penalización por el incumplimiento del periodo de permanencia es el pago de 20UF.
● La presente promoción podrá ser solicitada en todo el territorio nacional, previa evaluación y aprobación de ComunidadFeliz, según corresponda la región y/o comuna en donde se ubique la comunidad, respectivamente.
● La promoción no es acumulable con otras promociones vigentes, por lo que el cliente según su necesidad, deberá optar por el beneficio a activar.
4.- Vigencia de la promoción:
La promoción se mantendrá vigente desde el 3 de Abril del 2025 al 25 de Junio de 2025, o hasta agotar las instalaciones gratuitas disponibles.
5.- Contrato de prestación de servicios con anexo de permanencia:
Ambas partes acuerdan celebrar el presente CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS CON ANEXO DE PERMANENCIA el cual se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Objeto del contrato
El siguiente contrato tiene por objeto la permanencia de EL CLIENTE en el servicio de Control de Acceso de COMUNIDADFELIZ. .
En virtud de lo cual COMUNIDADFELIZ proporcionará a EL CLIENTE la instalación de un punto de acceso peatonal con reconocimiento facial a costo cero (valuado en 16 UF) como parte de la promoción ofrecida para clientes actuales o clientes nuevos del Software para administración de condominios de COMUNIDADFELIZ, bajo las condiciones detalladas en este documento.
SEGUNDA: Compromiso de permanencia
EL CLIENTE se compromete a mantener el servicio de Control de Acceso de COMUNIDADFELIZ por un período mínimo de 12 meses contados desde el mes de instalación del Punto de Acceso.
En caso de que EL CLIENTE decida rescindir el contrato antes de la finalización del plazo de 12 meses, se obliga a pagar una penalización de 20 UF a COMUNIDADFELIZ. en concepto de compensación por el equipo entregado al momento de la contratación.
El Punto de Acceso peatonal con reconocimiento facial a costo cero será entregado a EL CLIENTE bajo las siguientes condiciones:
De no proporcionar la infraestructura adecuada, la instalación no procederá hasta contar con ella. La cual no puede superar la vigencia del cupón.
CUARTA: Pago de servicios
EL CLIENTE se compromete a realizar los siguientes pagos:
QUINTA: Penalización por término anticipado
En caso de que EL CLIENTE rescinda el contrato antes de cumplir el plazo de 12 meses, deberá pagar una penalización de 20 UF en un plazo máximo de 30 días desde la notificación de la rescisión.
SEXTA: Garantía
El o los equipos instalados cuentan con una garantía de 12 meses desde la fecha de su instalación, la cual cubre defectos de fábrica o fallos en su funcionamiento relacionados con el equipo. Para mantener la garantía vigente, el equipo deberá ser manipulado únicamente por personal autorizado por COMUNIDADFELIZ.
Queda excluida dentro de esta garantía, cualquier desperfecto que pueda tener el equipo, que haya sido ocasionado por EL CLIENTE o terceros que hayan tenido acceso a él, así como desastres naturales.
SEXTA: Servicio Técnico
En caso de cualquier eventualidad, EL CLIENTE podrá solicitar soporte técnico a través de nuestros canales de atención, ya sea enviando un correo electrónico a soporte@comunidadfeliz.cl o llamando al número telefónico +56 2 2938 1880.
SÉPTIMA: Capacitaciones remotas
COMUNIDADFELIZ proporcionará a EL CLIENTE capacitación remota ilimitada, sin costo adicional, para garantizar el correcto uso del sistema de Control de Acceso. Las capacitaciones pueden ser agendadas por medio del siguiente correo electrónico soporte@comunidadfeliz.cl.
6.- Modificación de los presentes términos y condiciones:
Téngase presente que los Términos y Condiciones singularizados en el presente instrumento, pueden ser modificados unilateralmente por ComunidadFeliz, según su libre, completo, total y espontáneo criterio y discernimiento.
Por lo que, solo se podrá exigir la presente promoción, bajo los términos y condiciones solicitadas a la fecha de su utilización.
7.- Responsabilidad:
ComunidadFeliz queda expresamente exenta de cualquier tipo de responsabilidad, en cualquiera de sus tipos, que se pueda devengar con objeto en la presente promoción.
Al efecto, cualquier comunidad que acceda a esta promoción, renuncia expresamente a toda acción legal que pudiese asistirle en contra de ComunidadFeliz.