TÉRMINOS Y CONDICIONES: Promoción "Revisamos tu Reglamento de Copropiedad"

Por la contratación de un Plan Anual de Comunidad Feliz desde 33 UF antes del 20 de abril 2024, el edificio o condominio (también llamado "El Cliente") que contrate se llevará un servicio de “redacción del borrador de reglamento de copropiedad”, respecto de la actualización del reglamento vigente de las comunidades.


La empresa “Estudio Jurídico Asesorías DMC Limitada” o “Arenas Descalzi y Cortés”, se encargará de realizar una actualización del reglamento de Copropiedad Inmobiliaria de la comunidad que “ComunidadFeliz” encargue al estudio jurídico, mediante correo electrónico dirigido directamente.

Para estos efectos, ComunidadFeliz comunicará directamente al Estudio Jurídico el nombre de la comunidad, el correo electrónico, dirección y nombre del administrador o comité de administración, mediante comunicación privada.

A su vez, el Estudio Jurídico contactará a la comunidad mediante correo electrónico, solicitando y requiriendo la siguiente información, que será obligatoria:

1. Nombre de la comunidad.

2. Comuna en la que se emplaza la comunidad.

3. RUT de la comunidad.

4. Nombre completo, cargo, RUN, correo electrónico de cada integrante vigente del comité; junto con el acta de designación del mismo.

5. Nombre completo, RUN, correo electrónico y teléfono, del administrador vigente; junto con el acta de designación del mismo.

6. Copia legible de la escritura pública del reglamento de copropiedad inscrito en el conservador de bienes raíces respectivo; junto con la certificación de inscripción vigente del Conservador de Bienes Raíces.

El formato de la documentación deberá ser digital, legible e íntegro, sin perjuicio de recibir, mediante correo certificado, copias del reglamento y certificados en formato papel, quedando a disposición del Estudio la documentación original. Lo que aumentará en 15 días hábiles administrativos, desde su recepción por el Estudio Jurídico respecto de los plazos de entrega que se detallan en el presente documento.

A cada comunidad, se le enviará un instructivo respecto de los puntos que el Comité deberá discutir y tratar, para – posteriormente – completar un cuestionario respecto de los puntos que abordará el nuevo reglamento de copropiedad. Dicho cuestionario, consistirá en una preselección de temas y regulaciones conforme a la nueva ley de copropiedad inmobiliaria, que la propia comunidad (a través del presidente del Comité o el Administrador), deberá contestar electrónicamente. En dicho cuestionario se abordarán las temáticas más recurrentes para las comunidades y las necesidades propias de cada comunidad, las que deberán reflejarse en el proyecto de borrador de reglamento de copropiedad.

En el caso de que la comunidad desee formular normativa específica, se evaluará la pertinencia de dicha inclusión, la que se deberá sujetar a las normas sobre copropiedad inmobiliaria. En el evento que esta sea rechazada, se le indicarán alternativas o las razones de la no inclusión, mediante correo electrónico.

Recibida la información, se elaborará un borrador con las propuestas del nuevo reglamento de copropiedad para la comunidad, en un plazo no suprior a 45 días hábiles administrativos posteriores a la recepción de toda la documentación e información anteriormente señalada. El borrador será enviado en formato Word. El proceso finalizará con el envío del “Proyecto de modificación de reglamento de copropiedad de la Comunidad”, dirigido al correo electrónico registrado.

Los servicios adicionales no incluidos en la promoción tendrán un valor preferencial para los clientes de ComunidadFeliz que se hayan adjudicado la redacción del reglamento. Por tanto, podrán solicitar determinados servicios prestados por el Estudio Jurídico:

1. Reuniones telemáticas, con integrantes del Comité y/o la Administración: 2,5 U.F. por hora o fracción de la misma.

2. Asistencia o Presencia en la Asamblea: 8 U.F., valor por hora o fracción de ésta. No incluye gastos de traslado o estadía, en el evento que se encuentre fuera de la R.M. Incluye coordinación y contacto con Notario; no incluyen honorarios ni gastos de traslado del Notario.

3. Coordinación y contacto con Notaría para asamblea: 1 U.F. No incluyen honorarios ni gastos de traslado del Notario; ni valores o aranceles de escrituras o notaría.

4. Reducción a Escritura Pública de asamblea y/o votación: 2 U.F. Sólo incluye honorarios por la gestión. Excluye aranceles, gastos o tasas notariales. Se presupuestará y se solicitarán fondos por rendir, que se destinen a pago de valores de aranceles, gastos o tasas.

5. Inscripción o registro en el Conservador de Bienes Raíces: 2 U.F. Sólo incluye honorarios por la gestión. Excluye aranceles, gastos o tasas del Conservador. Se presupuestará y se solicitarán fondos por rendir, que se destinen a pago de valores de aranceles, gastos o tasas.

6. Inscripción o registro en el Archivo Judicial o Archivo Nacional: 2 U.F. Sólo incluye honorarios por la gestión. Excluye aranceles, gastos o tasas del Archivero. Se presupuestará y se solicitarán fondos por rendir, que se destinen a pago de valores de aranceles, gastos o tasas.

* Los servicios, no incluyen gastos notariales, del Conservador, Archivero u otros ajenos al Estudio Jurídico, los que serán cargo de cada comunidad y deberán pagarse por adelantado. En el evento que se requiera pagar alguna gestión de terceros, esta se presupuestará y solicitará un fondo por rendir, destinado exclusivamente al pago de las gestiones externas al Estudio Jurídico. Quedan, además, excluidos los gastos por certificados, copias de escrituras o cualquier otro antecedente solicitado, el que deberá ser de costo de la comunidad, previa remisión y aceptación del costo mismo, con los honorarios por gestión. El Estudio, remitirá una factura por el total del costo.

** Se excluyen, además, los gastos de traslado y estadía, fuera de la Región Metropolitana, los cuales serán avaluados con anterioridad a la aceptación de cada servicio adicional.

*** Las reuniones y/o asistencias a asambleas, dependerán de la agenda y coordinación previa entre la Comunidad y el Estudio Jurídico, y se realizarán en horarios previamente definidos por el Estudio Jurídico, según la disponibilidad propia.

**** Los valores no incluyen impuestos.

Confidencialidad. Las partes se obligan, sea por escrito, verbalmente o por el medio que fuere o se estimase idóneo para tal efecto, a no divulgar, suministrar o hacer accesible a cualquier persona, sea natural o jurídica, a beneficio propio o de terceros, la información a que tuviere acceso por medio, con ocasión o a raíz de la ejecución y con relación a los servicios prestados de este mismo documento, sea que dichas personas sean nacionales o extranjeras o se vinculen, directa o indirectamente con las partes. Asimismo, quedarán impedidas de comunicar a cualquier título, gratuito u oneroso, cualquier información, sea en forma parcial o total, de manera tal que existirá entre uno y otro la más absoluta reserva de todo documento o información a que tuvieren acceso, estimado para todo evento como secreto el desarrollo del servicio, su ejecución, vigencia o extinción o, en general, cualquiera otra información a que tuviere acceso, sea o no que se promuevan en la operación o les sean comunicadas con ocasión del desarrollo o ejecución del mismo.