Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Biométricos

Política de Privacidad y Tratamiento de Datos Biométricos

V1.-Sep.2026

1. Responsable del Tratamiento y Distinción de Roles
Para garantizar la máxima transparencia, y en concordancia con nuestra Política de Privacidad General, declaramos una distinción estricta de roles basada en la finalidad del tratamiento, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 19.628 sobre Proteccion de Datos Personales, con las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.719:

  • Datos Generales de la Plataforma: Tal como se indica en nuestra política general, ComunidadFeliz SpA actúa como Responsable del Tratamiento respecto de los datos de registro de su cuenta, soporte técnico y uso general del software y la aplicación móvil.
  • Datos Biométricos para Control de Acceso: Respecto a la captura, almacenamiento cifrado y uso de su patrón facial destinado exclusivamente al ingreso físico a las instalaciones, la administración de la copropiedad, condominio o comunidad de edificios actúa como el único Responsable del Tratamiento. Esto responde a que es la comunidad, a través de su comité o administrador, quien define las reglas, políticas de seguridad y autorizaciones de acceso al recinto físico.
  • Rol de ComunidadFeliz en la Biometría: En este proceso biométrico específico, ComunidadFeliz SpA actúa exclusivamente en calidad de Encargado del Tratamiento (proveedor tecnológico e infraestructura), limitándose a procesar el patrón facial por cuenta y orden de la administración de la comunidad.

2. Categoría de Datos Sensibles y Transparencia Algorítmica
El vector, patrón técnico o plantilla matemática generado mediante el reconocimiento facial constituye un dato sensible conforme al artículo 16 ter de la Ley N° 19.628 (mod. Ley N°21.719),, que consagra expresamente los datos biométricos como categoría especial cuando se utilizan para identificar de manera unívoca a una persona natural. Su tratamiento se realiza bajo el estándar de consentimiento específico e inequívoco del titular, conforme al artículo 16 ter de la misma ley.

Le informamos con transparencia cómo se trata su imagen:

Plantilla biométrica en los equipos de acceso. Su imagen es procesada por el fabricante de los equipos de control de acceso, que la transforma mediante un algoritmo en un código numérico irreversible. Ese código no permite reconstruir su fotografía, y es el que efectivamente se utiliza para reconocerlo al ingresar.

Fotografía en almacenamiento cifrado. Adicionalmente, su fotografía se conserva en un repositorio cifrado, con la única finalidad de mantener operativo el servicio: permite reponer su registro en los equipos de acceso ante un reemplazo o una falla del dispositivo, sin necesidad de solicitarle una nueva captura, y permite mostrarle su propia fotografía en la aplicación.

Control de las claves de cifrado. El cifrado se aplica mediante claves gestionadas de forma independiente para cada comunidad, de modo que el acceso a la imagen queda restringido y bajo control exclusivo del sistema.

Registro de eventos de acceso. El sistema del fabricante puede conservar una imagen asociada a cada evento de ingreso, como respaldo del registro de acceso.

No se conserva ninguna copia de su fotografía en registros de errores, sistemas de monitoreo ni bitácoras técnicas.

3. Finalidades del Tratamiento y Base de Licitud
La base de licitud para el tratamiento de sus datos biométricos es su consentimiento expreso, específico e informado, prestado conforme a lo dispuesto en el artículo 16 ter de la Ley N° 19.628 (mod. Ley N° 21.719). Sin su consentimiento, no se realiza ningún tratamiento biométrico. Usted puede retirar este consentimiento en cualquier momento, sin perjuicio de la licitud del tratamiento realizado con anterioridad a su revocación.

En cumplimiento de los principios de licitud, finalidad y minimización consagrados en el artículo 3° de la Ley 19.628 (mod. Ley N° 21.719), el tratamiento automatizado de su patrón facial responde exclusivamente a la finalidad legítima de control de accesos, seguridad perimetral, resguardo de los bienes comunes y protección de la integridad de los copropietarios y residentes de la comunidad. No se realizarán tratamientos posteriores para fines incompatibles con los aquí informados, ni se tratan datos adicionales a los estrictamente necesarios para dicha finalidad.

4. Medidas de Seguridad, Confidencialidad y Encargado del Tratamiento

En cumplimiento del deber de seguridad establecido en el artículo 14 quinquiesde la Ley N°19.628 (mod. Ley N° 21.719), los datos se procesan de forma estrictamente cifrada mediante nuestra infraestructura de software ComunidadFeliz en su calidad de Encargado del Tratamiento. El sistema opera bajo estrictas reglas de aislamiento lógico (multitenancy), impidiendo accesos cruzados o fugas de información entre distintas comunidades. Queda prohibida la comunicación, transferencia internacional no autorizada, o comercialización de su información biométrica.

Los datos biométricos se almacenan en servidores ubicados en Chile. En caso de que, por razones de continuidad operativa, resulte necesario replicar información en infraestructura ubicada en otra jurisdicción, dicha transferencia se realizará conforme a las garantías exigidas por la Ley N° 19.628 (mod. Ley N° 21.719)y a los compromisos contractuales suscritos con el proveedor de infraestructura, informando oportunamente al Responsable.

5. Derechos del Titular (Acceso, Rectificación, Cancelación, Oposición, Portabilidad y Bloqueo) 

Conforme a la Ley N° 19.628 (mod. Ley N° 21.719), usted dispone de los siguientes derechos inalienables frente al Responsable ( la administración de su comunidad):

  • Derechos de Acceso (artículo 5°), Rectificación (artículo 6°) y Portabilidad (artículo 9°): puede solicitar la confirmación de los datos que se están tratando, pedir la corrección de información inexacta o, en la medida de la viabilidad técnica, solicitar una copia de los mismos, contactando directamente al canal o correo electrónico de atención oficial de su comunidad.
  • Derecho de Supresión (artículo 7°), en su modalidad de eliminación directa: puede revocar esta autorización y eliminar permanentemente su vector facial en cualquier momento y de forma autónoma desde la aplicación móvil habilitada para residentes. La eliminación es inmediata y no requiere intermediarios.
  • Derecho de Oposición (artículo 8°) y Bloqueo (artículo 8° ter°): el enrolamiento facial puede realizarse de dos formas: de manera autónoma por usted desde la aplicación móvil, o de forma asistida por la administración de su comunidad, en cuyo caso se realiza únicamente con usted presente y previa manifestación expresa de su autorización. En ambos casos usted conserva el control autónomo sobre su biometría: puede negarse a enrolarse, o eliminar su registro facial en cualquier momento desde su aplicación móvil, sin necesidad de intermediarios ni de justificar su decisión. La eliminación suprime el vector facial asociado, de modo que no se conserva su biometría en estado inactivo.

Mecanismos de Acceso Alternativo. La entrega de datos biométricos es estrictamente voluntaria. Dado que todos los equipos físicos de control de acceso provistos por ComunidadFeliz cuentan por defecto con múltiples tecnologías de lectura, la administración de la comunidad le garantiza siempre la disponibilidad de un sistema tradicional alternativo en el mismo dispositivo (clave numérica, token o tarjeta física). Si decide no autorizar el tratamiento facial, podrá hacer uso de estas alternativas sin que esto constituya un acto de discriminación arbitraria o una restricción a su derecho de libre tránsito hacia su propiedad.

6. Plazos de conservación

Los datos biométricos se eliminan de forma inmediata al momento en que usted elimina su registro facial, o al término del servicio de control de acceso en su comunidad.

El registro de su consentimiento —que no contiene su imagen ni su patrón biométrico, sino la constancia de la autorización otorgada, su fecha y la versión del documento aceptado— se mantiene a disposición de la administración de su comunidad mientras esta mantenga vigente su contrato de servicios con ComunidadFeliz, de modo que pueda acreditar que el tratamiento se realizó con su autorización mientras estuvo vigente.

Al término del contrato de servicios, el registro de consentimientos se pondrá a disposición de la administración de la comunidad o se eliminará, según su instrucción.

7. Modificaciones a este Documento y Control de Versiones Nos reservamos el derecho de actualizar o modificar el presente documento para adaptarlo a nuevas exigencias de la Ley N° 19.628 (mod. Ley N° 21.719), normativas de la Agencia de Protección de Datos Personales o mejoras técnicas en el sistema. Toda modificación será publicada en la plataforma indicando su respectivo número de versión y fecha de entrada en vigencia. Las versiones anteriores permanecerán archivadas y disponibles para su consulta histórica.

El impacto de las modificaciones en su consentimiento se regirá bajo las siguientes reglas:

  • Cambios que NO requieren nuevo consentimiento: Correcciones de redacción, actualizaciones de formato, precisiones operativas o cambios menores que no alteren el alcance original del tratamiento, la base de licitud ni limiten sus derechos. Estas actualizaciones se informarán mediante una notificación general en la plataforma.
  • Cambios que SÍ requieren nuevo consentimiento: Cualquier modificación sustancial, como la ampliación de las finalidades del tratamiento (ej. usar los datos para fines distintos al control de acceso), transferencias a nuevos terceros, o recolección de nuevos datos sensibles. En estos escenarios, el sistema requerirá obligatoriamente que usted revise y otorgue nuevamente su consentimiento expreso antes de poder seguir utilizando la funcionalidad de reconocimiento facial.