Términos y condiciones
Términos y Condiciones de la Promoción "Revisamos tu acta de asamblea"
Por la contratación de un plan anual de Comunidad Feliz antes del 15 de mayo 2024, el edificio o condominio (también llamado "El Cliente") que contrate se llevará un análisis a su última acta de asamblea de copropietarios o la que desean reducir a escritura pública, debe ser una u otra, no ambas.
SERVICIOS DE LA PROMOCIÓN:
- La revisión y posibles sugerencias del acta de asamblea será llevada a cabo en armonía con la Nueva Ley de Copropiedad Inmobiliaria 21.442.
- Se entregará un listado de sugerencias a la comunidad de ser necesario para que ajuste a Derecho su acta.
- Bajo ninguna circunstancia se harán sugerencias de cambio, respecto del fondo de la asamblea.
CONDICIONES DE LA PROMOCIÓN:
- El Cliente deberá proporcionar la documentación solicitada por el área legal de ComunidadFeliz, por tanto, cada comunidad deberá entregar un correo electrónico de contacto para poder llevar a cabo la revisión de acta. De no enviar la documentación no se podrá efectuar la revisión.
- Las actas deberán ser correspondientes a la comunidad que contrato y no a otro edificio o condominio.
- Se revisarán las actas ya redactas, por tanto, no sirve un punteo o indicaciones de lo que se vio en la asamblea.
- El formato deberá ser digital, legible e íntegro.
- El plazo de entrega de la revisión es de hasta 15 días hábiles administrativos (lunes a viernes, excluye festivos), prorrogables por 10 días más en caso de requerir información adicional para el proceso de análisis, desde la recepción de la información o antecedentes adicionales.
- Del análisis, se efectuará sugerencias al acta para que esta cumpla con la normativa vigente y con los aspectos formales.
- Se excluye del análisis e informe, la tramitación o intermediación con organismos comunitarios, administraciones, comités, municipalidades, ministerios, notarios, conservadores, tribunales o instancias administrativas y reducción a Escritura Pública.
- ComunidadFeliz no será responsable por cualquier observación y/o reparo que pueda realizar los diversos organismos públicos o privados en que sea presentada el acta de asamblea que fue revisada.