1. Organizador
En Santiago de Chile, la empresa COMUNIDAD FELIZ SpA, RUT N.º 76.474.965-0, con domicilio en Eliodoro Yañez 2990, oficina 4B, Providencia (en adelante "Comunidad Feliz" o el "Organizador").
2. Vigencia
La Campaña estará vigente durante el cuarto trimestre de 2026 (octubre, noviembre y diciembre de 2026), con renovación mensual del stock de premios señalado en el punto 5.2. El Organizador podrá modificar, suspender o dar por terminada la Campaña anticipadamente conforme al punto 11.
3. Participantes
3.1. Podrán participar todas las personas naturales, mayores de 18 años, que sean residentes registrados en una comunidad administrada a través de la plataforma ComunidadFeliz (web y/o app móvil).
3.2. No podrán reclamar el Premio los Participantes cuya unidad registre morosidad no regularizada en la plataforma al momento de la validación del reclamo conforme al punto 6. Para estos efectos, ComunidadFeliz se basará exclusivamente en la información financiera registrada y actualizada por la administración de la comunidad respectiva, no siendo responsable el Organizador por discrepancias o desactualizaciones de dicha deuda imputables a la administración.
4. Mecánica de participación
4.1. La participación no es automática: el residente debe publicar voluntariamente un video en redes sociales relatando su experiencia con ComunidadFeliz.
4.2. El video deberá cumplir copulativamente con los siguientes requisitos para calificar:
a) Ser publicado en TikTok, Instagram, Facebook, X (Twitter) o YouTube.
b) Etiquetar o mencionar la cuenta oficial @ComunidadFeliz de la plataforma correspondiente.
c) Incluir el hashtag oficial de la Campaña: #ComunidadFeliz.
d) Relatar una experiencia real y verificable de uso de los servicios de ComunidadFeliz (por ejemplo, pago de gastos comunes, uso de la aplicación, beneficios obtenidos). No calificará contenido genérico sin relación directa con ComunidadFeliz.
e) Tener un enfoque positivo y promocional hacia ComunidadFeliz, su aplicación de residentes y/o el pago en línea de gastos comunes. No calificarán, bajo ninguna circunstancia, videos con comentarios negativos, quejas, críticas, contenido denigrante o que de cualquier forma dañen la imagen de ComunidadFeliz, aun cuando dicho contenido alcance el umbral de visualizaciones señalado en el punto 4.3.
4.3. El video deberá alcanzar, dentro del período de vigencia, el umbral de visualizaciones ("views") correspondiente al tramo de premio del punto 5, contabilizado en una sola plataforma. Las visualizaciones no se suman entre distintas plataformas.
4.4. No se considerarán válidas las visualizaciones obtenidas mediante views compradas, bots, granjas de clics o cualquier mecanismo artificial de amplificación. Para efectos de detectar dichas irregularidades, ComunidadFeliz podrá considerar, entre otros indicadores: (i) una proporción anormalmente baja entre visualizaciones y señales de interacción ("me gusta", comentarios, compartidos) respecto del promedio observado en videos similares; (ii) un crecimiento del conteo de visualizaciones marcadamente abrupto e inconsistente con el comportamiento orgánico habitual de la plataforma; (iii) el historial y la antigüedad de la cuenta que publica el video. Para reclamos correspondientes al tramo de 100.000 views, ComunidadFeliz podrá solicitar al Participante una captura de pantalla de las métricas nativas de la plataforma (analíticas propias de la cuenta) como respaldo adicional, sin perjuicio de la verificación señalada en el punto 6.2.
4.5. Para efectos del requisito de la letra e) del punto 4.2, se considerará que un video no tiene un enfoque positivo y promocional cuando, de manera objetiva y verificable: (i) contenga quejas o críticas explícitas hacia ComunidadFeliz, sus productos, servicios o personal; (ii) contenga afirmaciones falsas o engañosas sobre el funcionamiento de la aplicación o el pago en línea de gastos comunes; (iii) incluya lenguaje ofensivo, discriminatorio o contenido que infrinja las normas de comunidad de la plataforma respectiva; o (iv) haya sido eliminado, editado u ocultado por el propio Participante con posterioridad a alcanzar el umbral de views y antes de la validación del reclamo. La evaluación será realizada por el equipo de Marketing de ComunidadFeliz al momento de validar el reclamo conforme al punto 6, de forma independiente y adicional a la verificación del conteo de visualizaciones.
ComunidadFeliz se reserva la facultad discrecional pero fundada de solicitar métricas nativas directamente al usuario antes de validar cualquier cobro, siendo causal de rechazo la negativa a proporcionarlas dentro del plazo de 5 días hábiles desde el requerimiento.
4.6. Para efectos de determinar el cumplimiento de los requisitos de este punto, ComunidadFeliz se basará exclusivamente en el contenido publicado y el conteo de visualizaciones visible en la plataforma correspondiente al momento de la validación, no siendo responsable el Organizador por variaciones, caídas de conteo o discrepancias posteriores atribuibles a la plataforma de redes sociales.
4.7. El video deberá permanecer publicado y accesible públicamente por un mínimo de sesenta (60) días corridos desde la fecha en que alcanzó el umbral de views correspondiente. Su eliminación, privatización o edición sustancial dentro de dicho plazo facultará a ComunidadFeliz para rechazar o dejar sin efecto el reclamo del Premio, conforme al punto 4.5(iv).
5. Premio
5.1. El premio consiste en un Cupón de Descuento aplicable al pago de gasto común de la unidad del Participante ganador (en adelante el "Premio"), según los siguientes tramos:
a) Video que supere las 100.000 (cien mil) views: Cupón de Descuento de $100.000 CLP.
b) Video que supere las 10.000 (diez mil) views: Cupón de Descuento de $10.000 CLP.
5.2. El Organizador dispone de un stock mensual máximo de $1.000.000 (un millón de pesos chilenos) en Premios para esta Campaña, compartido entre ambos tramos señalados en el punto 5.1, el cual se renueva cada mes calendario durante el período de vigencia.
5.3. Agotado el stock de un mes, los videos que alcancen el umbral de views correspondiente con posterioridad al agotamiento del stock no perderán su derecho al Premio: el formulario de reclamo registrará automáticamente la solicitud con estado "en lista de espera", con prioridad para el mes calendario siguiente, y su Premio será otorgado con cargo al stock que se renueve en dicho mes, antes que nuevas solicitudes de ese mes siguiente. ComunidadFeliz notificará automáticamente al Participante, por correo electrónico, su ingreso a la lista de espera y la fecha estimada de pago.
5.4. Cada unidad podrá obtener como máximo UN (1) Premio por mes calendario, independientemente de la cantidad de videos que publiquen sus residentes o que califiquen dentro de ese mes. Si más de un video de la misma unidad calificara en el mismo mes, el monto del Premio corresponderá al tramo más alto alcanzado por cualquiera de ellos (no a la suma de los tramos de todos los videos calificados).
5.5. El Premio se acreditará a la unidad asociada a la cuenta de ComunidadFeliz cuyo correo electrónico indique el Participante en el formulario de reclamo señalado en el punto 7, con independencia de si dicho Participante reviste la calidad de propietario, arrendatario u otro ocupante de la unidad. Es responsabilidad exclusiva del Participante indicar el correo electrónico correcto; ComunidadFeliz no será responsable si el Premio se acredita a una cuenta distinta por un error del Participante en dicha indicación.
5.6. El Premio no es transferible, no es canjeable por dinero en efectivo ni por otro producto o servicio, y se aplica exclusivamente como abono al gasto común de la unidad señalada en el punto 5.5.
6. Validación del ganador
6.1. La validación no es aleatoria: se realiza sobre la base del cumplimiento verificable de las condiciones objetivas señaladas en el punto 4.
6.2. El resultado será validado por el equipo de Marketing de ComunidadFeliz, quien revisará (i) el conteo de visualizaciones directamente en la plataforma correspondiente a partir del enlace (link) proporcionado por el Participante, y (ii) que el contenido del video cumpla con el enfoque positivo y promocional exigido en el punto 4.2 letra e).
6.3. ComunidadFeliz se reserva el derecho de rechazar cualquier reclamo que no cumpla los requisitos del punto 4, o respecto del cual existan indicios razonables de manipulación de las visualizaciones.
7. Reclamo del premio
7.1. Para reclamar el Premio, el Participante deberá completar el formulario de reclamo dispuesto por ComunidadFeliz, indicando: nombre completo, el correo electrónico de la cuenta de ComunidadFeliz asociada a la unidad que recibirá el Premio (conforme al punto 5.5), y el enlace del video publicado.
7.2. El Participante tendrá un plazo de treinta (30) días corridos desde la fecha de publicación del video para presentar su reclamo, siempre que a esa fecha el video ya haya alcanzado el umbral de views correspondiente. Transcurrido dicho plazo sin que se haya presentado el reclamo, el Participante perderá su derecho al Premio respecto de ese video, con independencia de que posteriormente siga acumulando visualizaciones.
7.3. Se invitará al ganador a compartir un nuevo contenido o testimonio de recepción del premio con fines de difusión. Dicha participación es voluntaria y su negativa no afectará en ningún caso la entrega del Premio.
8. Entrega del premio
8.1. ComunidadFeliz aplicará directamente el Cupón de Descuento señalado en el punto 5 en el gasto común de la unidad ganadora, dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la validación del reclamo, sin intervención de la administración de la comunidad.
9. Autorización de uso de imagen
El ganador acepta como condición para recibir el Premio que su identidad y el video publicado originalmente por él mismo puedan ser mencionados, republicados o utilizados por ComunidadFeliz con fines de difusión de esta Campaña, en sus propios canales, por un período de hasta doce (12) meses desde su publicación, sin que ello genere derecho a compensación adicional ni exclusividad alguna.
10. Exclusiones
No podrán participar los trabajadores de ComunidadFeliz SpA, ni sus cónyuges, convivientes civiles o parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
11. Modificaciones
ComunidadFeliz se reserva el derecho de modificar, suspender o poner término anticipado a la presente Campaña por razones de fuerza mayor o motivos justificados, comunicando dicha decisión con al menos cinco (5) días hábiles de anticipación a través de sus canales oficiales, salvo que la causal que origina la modificación impida objetivamente dar dicho aviso. Toda modificación se ajustará a la legislación vigente y en ningún caso podrá afectar los derechos ya adquiridos por Participantes cuyo video hubiese alcanzado el umbral de views antes de la modificación.
12. Protección de datos personales
Los datos personales recabados para efectos de esta Campaña (nombre, correo electrónico de la cuenta asociada y, en caso de aceptarlo, imagen) serán tratados por ComunidadFeliz conforme a la Ley N.º 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y su normativa complementaria. La entrega de datos y la autorización de uso son necesarias para la gestión de la acreditación del descuento en el gasto común ante la administración del edificio o condominio.
ComunidadFeliz utilizará estos datos exclusivamente para los fines de ejecución, validación y difusión de esta Campaña. El Participante podrá ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición conforme a la política de privacidad de ComunidadFeliz, disponible en www.comunidadfeliz.cl.
13. Limitación de responsabilidad
ComunidadFeliz no será responsable por fallas, interrupciones o errores atribuibles a las plataformas de redes sociales utilizadas para participar (TikTok, Instagram, Facebook, X o YouTube) que afecten la publicación del video o el conteo de visualizaciones. En ningún caso ComunidadFeliz será responsable por daños indirectos, lucro cesante u otros perjuicios que excedan el valor del Premio efectivamente otorgado.
14. Caso fortuito o fuerza mayor
ComunidadFeliz no será responsable por incumplimientos o retrasos derivados de caso fortuito o fuerza mayor, incluyendo entre otros fallas tecnológicas masivas, catástrofes naturales o actos de autoridad, pudiendo suspender o postergar el cumplimiento de las presentes bases mientras subsista dicha causal.
15. Resolución de controversias
Los Participantes conservan en todo momento su derecho a recurrir a los tribunales ordinarios de justicia conforme a la Ley N.º 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores respecto de cualquier controversia relacionada con esta Campaña.
16. Dudas y aclaraciones
Cualquier duda o reclamo relacionado con esta Campaña puede dirigirse a soporte@comunidadfeliz.cl o al +56 2 2938 1880.
17. Aceptación de las bases
La participación en esta Campaña implica el conocimiento y aceptación íntegra de las presentes bases y condiciones.
Política de privacidad disponible en https://www.comunidadfeliz.cl/informacion/aviso-de-privacidad