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Guía del Ministerio del Medio Ambiente: Regulación de ruidos molestos en condominios

30/4/2025

Vivir en comunidad implica derechos y deberes, y uno de los conflictos más frecuentes en edificios y condominios es el de los ruidos molestos. Ya sea música fuerte, fiestas, trabajos de construcción, este tipo de situaciones puede afectar gravemente la calidad de vida. 

Pero ¿qué dice la legislación chilena al respecto? ¿Y cuáles son las recomendaciones del Ministerio del Medio Ambiente? Sigue leyendo para descubrirlo.

Sugerencias del Ministerio del Medio Ambiente

El Ministerio del Medio Ambiente, ha publicado una propuesta para fortalecer el control de ruido comunitario en conmemoración al Día Internacional de la Conciencia sobre el Ruido el 30 de abril de 2025.

Entre las sugerencias está la posibilidad de establecer franjas horarias específicas para diferentes tipos de actividades ruidosas. Por ejemplo:

  • Electrodomésticos ruidosos y celebraciones: evitar su uso entre las 22:00 y 08:00 (Lunes a Jueves y domingos), y hasta las 23:00 o 00:00 los fines de semana.
  • Reparaciones domésticas: no realizarlas después de las 22:00 (de lunes a jueves) o las 00:00 (viernes).
  • Uso de quinchos o salas multiuso: limitarlo hasta las 23:59 viernes y sábados, y evitarlo completamente en los domingos y feriados.

Te dejamos la propuesta del Ministerio del Medio Ambiente para que la puedas descargar y aplicar en tu comunidad.

Claudia Poblete, abogada de ComunidadFeliz, y la Ministra del Medio Ambiente, en el punto de prensa de lanzamiento de la Guía.

¿Qué dice la Ley 21.442?

La Ley de Copropiedad Inmobiliaria establece normas básicas para la convivencia en comunidades residenciales. Entre ellas:

  • Artículo 17: Obliga a los copropietarios, residentes y usuarios a evitar cualquier conducta que perturbe la tranquilidad de la comunidad.

  • Reglamento de Copropiedad: Cada condominio debe contar con un reglamento que regule expresamente el comportamiento frente a ruidos molestos, incluyendo horarios permitidos, sanciones y procedimientos.

¿Qué establece el Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente?

El DS N° 38 de Medio Ambiente, regula los niveles de presión sonora permitidos en zonas residenciales. Este decreto fija límites máximos de ruido según la hora del día estableciendo el máximo de decibeles.

Superar estos límites puede considerarse contaminación acústica, especialmente si es persistente o sistemática. El decreto aplica tanto a fuentes fijas (como generadores eléctricos) como a actividades humanas (fiestas, maquinaria, etc.).

Convivir en comunidad requiere empatía, respeto y cumplir las normas comunes. Con la Ley 21.442, el Decreto 38 y la Guía del Ministerio del Medio Ambiente como respaldo, tanto vecinos como administradores tienen herramientas para resguardar el bienestar acústico de todos.

¿Tienes dudas legales de copropiedad? Nuestro Equipo Legal te ofrece una sesión de asesoría gratuita, que puedes solicitar aquí.

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