28/9/2026
La convivencia en edificios y condominios requiere el respeto mutuo y el cumplimiento de normativas destinadas a mantener la armonía. En Chile, la Ley 21.442 de Copropiedad Inmobiliaria contempla sanciones para aquellos copropietarios o residentes que perturben la tranquilidad de sus vecinos de manera reiterada.
Según información del Diario Concepción, las infracciones relacionadas con la alteración del orden y la tranquilidad pueden acarrear multas que alcanzan hasta las 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), lo que equivaldría a aproximadamente $215.000, dependiendo del valor de la UTM al momento de la aplicación de la sanción. Estas normativas buscan proteger el derecho al descanso y al uso pacífico de las viviendas.
Para los administradores de edificios y condominios, es fundamental conocer y aplicar estas disposiciones. La gestión de conflictos y la aplicación de las sanciones establecidas en el reglamento de copropiedad y en la ley son parte esencial de sus funciones. Es recomendable que los reglamentos internos especifiquen claramente las conductas que constituyen una perturbación y los procedimientos a seguir para la denuncia y aplicación de las multas.
La ley otorga a los juzgados de policía local la facultad de sancionar estas faltas, previa denuncia y proceso. Por lo tanto, los administradores deben documentar adecuadamente las quejas y evidencias de las perturbaciones para respaldar cualquier acción que se emprenda.
Mantener la tranquilidad en las comunidades es un esfuerzo compartido. El conocimiento de las normativas y la aplicación diligente de las mismas por parte de la administración son claves para una convivencia armónica y el bienestar de todos los residentes. Fuente: Diario Concepción.
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