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¿Qué hacer ante un caso de violencia intrafamiliar en el condominio?

14/6/2024

Casos recientes de violencia intrafamiliar en condominios llaman la atención sobre el tema y plantean la pregunta: ¿qué deberían hacer los miembros de la administración en tal caso?

Aquí te presentamos los distintos tipos de violencia que pueden existir en un edificio o condominio y te ayudamos a saber qué hacer al respecto.

¿Qué es la violencia Intrafamiliar?

Es todo maltrato que afecte la vida o la integridad física o psíquica de quien tenga o haya tenido la calidad de cónyuge del ofensor o una relación de convivencia con él.

También es violencia intrafamiliar cuando se ejerce contra padres, madres, hijos e hijas, las y los hermanos, abuelas y abuelos, nietas, nietos, tías, tíos, las y los sobrinos, bisabuelos y bisnietos. Los familiares pueden ser consanguíneos, es decir, que comparten sangre, o parientes por afinidad, que sería la familia del cónyuge o conviviente.

Asimismo, constituyen violencia intrafamiliar las conductas ejercidas en el contexto de relaciones afectivas o familiares, que tengan como objeto directo la vulneración de la autonomía económica de la mujer, o la vulneración patrimonial, o de la subsistencia económica de la familia o de los hijos.

Las entidades judiciales se ocupan de la violencia intrafamiliar son:

  • Los Tribunales de familia, cuando los actos de violencia intrafamiliar no constituyan delito.
  • El Ministerio Público (Fiscalía) actúa cuando los actos de violencia intrafamiliar constituyan un delito. 

¿A quién llamar en un caso de violencia intrafamiliar en el condominio?

Estas instituciones tienen la obligación de acoger la denuncia y orientar a la víctima en la posterior tramitación legal. 

En casos calificados, el Servicio Nacional de la Mujer “Sernameg” puede asumir el patrocinio y representación de la mujer víctima de delitos de violencia intrafamiliar, siempre que sea mayor de edad y así lo requiera.

Descarga aquí: Pasos para hacer una denuncia en el juzgado de policía local

¿Qué puede hacer un conserje ante un episodio de violencia en el condominio?

Los conserjes ante una situación de violencia, solo pueden llamar a: 

Hay que recordar que los conserjes y guardias de seguridad legalmente no tienen atribuciones especiales para proceder frente a delitos.

Sin embargo, si está en presencia de un delito flagrante, tiene la posibilidad de detener al delincuente y entregar a esta persona a la fuerza pública. 

Los trabajadores cuentan con el curso OS 10, el cual tiene un examen de defensa personal, sin embargo, estos no pueden involucrarse físicamente en una pelea. 

¿Qué puede hacer el administrador o un miembro del comité ante un episodio de violencia en el condominio?

Aquellos también son figuras importantes en el condominio, por lo tanto, deben tomar medidas al respecto de situaciones de violencia dentro de la comunidad. 

  • Conversar con los residentes involucrados en el conflicto de violencia.
  • Aplicar las sanciones establecidas en el Reglamento de copropiedad de la comunidad. 
  • Siempre denunciar el hecho a Carabineros de Chile, Policía de Investigaciones o Inspectores Municipales.

¿Qué es la violencia de género?

Es todo aquel tipo de violencia que se lleva a cabo vulnerando el bienestar físico, psíquico o relacional de una persona debido a su sexo o identidad de género. Se usa de manera intencional la agresión, sea mediante la fuerza física o con el propósito de causar daños, coaccionar, limitar o manipular a la persona objeto de violencia.

Algunos de los tipos de violencia de género son:

  • Violencia Física: todo aquel acto en que se inflige un daño físico a la víctima que a través de la agresión directa. 
  • Violencia Psicológica: es una forma de agresión en la que no se utiliza el contacto físico, en la que no se hace ninguna acción física contra otra persona, pero que, puede dejar graves secuelas en la persona que la sufre, tanto a nivel psicológico y emocional, como a nivel físico.
  • Violencia Sexual: la violencia sexual se refiere concretamente a aquel tipo de situaciones en que una persona es forzada o coaccionada para llevar a cabo actividades de índole sexual en contra de su voluntad, o bien en que la sexualidad es limitada o impuesta por otra persona.
  • Violencia Económica: Este tipo de violencia se basa en la reducción y privación de recursos económicos a la pareja o su prole como medida de coacción, manipulación o con la intención de dañar su integridad.
  • Violencia Patrimonial: Se considera violencia patrimonial la usurpación o destrucción de objetos, bienes y propiedades de la persona víctima de violencia con intención de dominarla o producirle un daño psicológico.
  • Violencia Social: La violencia social se basa en la limitación, control y la inducción al aislamiento social de la persona.

¿Dónde denunciar la violencia de género?

  • ChileAtiende 
  • Carabineros de Chile 
  • Policía de Investigaciones 
  • Tribunales de familia o tribunales de garantía

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